CONDICIONES GENERALES DE VENTA Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS
TÍTULO I — DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO I: ÁMBITO DE APLICACIÓN Y DEFINICIONES
Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación
1.1 Las presentes Condiciones Generales de Venta y Prestación de Servicios (en adelante, las «Condiciones Generales») tienen por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a todas las ofertas comerciales, contratos de compraventa, contratos de suministro, contratos de prestación de servicios, contratos de licencia de software y cualesquiera otras relaciones jurídicas de naturaleza comercial que se establezcan entre, de una parte, las sociedades mercantiles que conforman el Grupo Labelmarket, a saber, LABELMARKET, S.L.U. y LABELFACTORY, S.L.U., ambas con domicilio social en Amorebieta (Bizkaia) (en adelante, el «Vendedor» o el «Prestador»), y de otra parte, cualquier persona física o jurídica que contrate los bienes o servicios ofrecidos por estas (en adelante, el «Comprador» o el «Cliente»).
1.2 Las presentes Condiciones Generales resultan de aplicación obligatoria y prevalecen sobre cualesquiera condiciones generales de contratación, condiciones de compra, órdenes de pedido o documentos similares que el Comprador pudiera tener establecidos para sus operaciones de aprovisionamiento. La mera referencia por parte del Comprador a sus propias condiciones generales no producirá efecto jurídico alguno, a menos que el Vendedor las haya aceptado de forma expresa y por escrito mediante documento firmado por persona con poder de representación suficiente.
1.3 Las presentes Condiciones Generales resultan de aplicación a la totalidad de las líneas de negocio del Grupo Labelmarket:
- La fabricación, comercialización y venta de equipos y sistemas de etiquetado automático y semiautomático, incluyendo etiquetadoras industriales, aplicadores de etiquetas, sistemas print&apply, dispensadores, rebobinadores, y equipos relacionados.
- La prestación de servicios técnicos de cualquier naturaleza, incluyendo servicios de reparación, mantenimiento preventivo y correctivo, calibración, ajuste, montaje, instalación, puesta en marcha, modificación, mejora, actualización y modernización de equipos, auditoría técnica, diagnóstico, formación y consultoría.
- La ejecución de trabajos, montajes e instalaciones en las instalaciones del Cliente, incluyendo montaje mecánico, conexionado eléctrico y neumático, integración de equipos en líneas de producción, y trabajos de naturaleza similar.
- El desarrollo, licenciamiento, implementación, personalización, mantenimiento y soporte de software, tanto de desarrollo propio como de terceros.
- La comercialización y venta de consumibles para sistemas de etiquetado e identificación: etiquetas autoadhesivas, cintas de transferencia térmica (ribbon), tintas para impresión inkjet industrial, y consumibles relacionados.
- La comercialización y venta de hardware para identificación automática y captura de datos (AIDC): lectores de códigos de barras, terminales portátiles, impresoras de etiquetas, lectores RFID/NFC, equipamiento de redes inalámbricas, y accesorios relacionados.
1.4 El Título II de las presentes Condiciones Generales contiene disposiciones específicas aplicables a cada línea de negocio. En caso de contradicción entre las disposiciones generales del Título I y las disposiciones específicas del Título II, prevalecerán estas últimas para su respectivo ámbito de aplicación, entendiéndose que las disposiciones específicas prevalecen respecto de las generales.
Artículo 2. Definiciones
2.1 A los efectos de interpretación y aplicación de las presentes Condiciones Generales, los siguientes términos tendrán el significado específico que se indica:
«Bienes» o «Productos»: Todos los equipos, maquinaria, sistemas, hardware, componentes, repuestos, consumibles y cualesquiera otros elementos tangibles objeto de compraventa o suministro por parte del Vendedor.
«Servicios»: Todas las prestaciones de hacer de naturaleza técnica o profesional que el Vendedor se obliga a realizar, incluyendo reparación, mantenimiento, instalación, montaje, puesta en marcha, formación, consultoría, desarrollo de software, soporte técnico, y prestaciones de naturaleza análoga.
«Trabajos»: Las actividades de ejecución material que el Vendedor lleva a cabo en las instalaciones del Cliente, tales como montaje mecánico, conexionado eléctrico y neumático, instalación de sistemas, integración de equipos, y otras intervenciones físicas.
«Suministro»: Término genérico que engloba el conjunto de Bienes, Servicios y/o Trabajos que constituyen el objeto de un determinado contrato o pedido.
«Documentación Contractual»: Conjunto de documentos que integran la relación jurídica entre las partes, por orden de prelación: (i) condiciones particulares expresamente pactadas por escrito; (ii) pedido aceptado o contrato formalizado; (iii) especificaciones y documentación técnicas; (iv) presentes Condiciones Generales; (v) oferta comercial del Vendedor.
«Centro de Trabajo»: Cualquier área o espacio bajo control del Cliente donde deban ejecutarse los Servicios o Trabajos contratados.
«Día Hábil»: Cualquier día de lunes a viernes que no sea festivo conforme al calendario oficial aplicable en el lugar de ejecución.
«Defecto»: Cualquier no conformidad de los Bienes o Servicios respecto de las Especificaciones Técnicas acordadas que impida o dificulte su uso para la finalidad prevista.
«Fuerza Mayor»: Todo acontecimiento imprevisible e inevitable, ajeno al control razonable de la parte afectada, que imposibilite o dificulte sustancialmente el cumplimiento de las obligaciones contractuales, conforme al Artículo 18.
Artículo 3. Comunicación y aceptación de las Condiciones Generales
3.1 Las presentes Condiciones Generales se entenderán válidamente comunicadas al Comprador desde el momento en que concurra cualquiera de las siguientes circunstancias: recepción de una oferta comercial que haga referencia a las mismas; comunicación de la dirección web donde se encuentran publicadas (https://www.labelmarket.es/condiciones-de-venta/) (www.labelfactory.eu/condiciones-de-venta); recepción de estas en el curso de relaciones comerciales anteriores; o su referencia en albaranes de entrega o facturas.
3.2 La aceptación de las presentes Condiciones Generales por el Comprador se producirá automáticamente mediante: la aceptación de una oferta comercial del Vendedor que las referencie; la emisión de un pedido dirigido al Vendedor; la recepción de los Bienes suministrados sin formular reservas; el inicio de la ejecución de los Servicios con consentimiento del Comprador; o el pago del precio.
3.3 Cualquier modificación o excepción a las presentes Condiciones Generales para un contrato específico requerirá acuerdo expreso de ambas partes formalizado por escrito. Las excepciones acordadas para una operación concreta no serán extensibles a otras operaciones.
CAPÍTULO II: FORMACIÓN DEL CONTRATO
Artículo 4. Ofertas comerciales y presupuestos
4.1 Las ofertas comerciales, presupuestos y cotizaciones emitidas por el Vendedor tienen carácter meramente indicativo e informativo y no vinculan jurídicamente al Vendedor salvo que expresamente se indique lo contrario con un plazo de validez determinado. El plazo de validez, a falta de indicación expresa, será de treinta (30) días naturales desde su emisión.
4.2 La información contenida en catálogos comerciales, folletos publicitarios, material promocional, páginas web y presentaciones comerciales tiene carácter meramente orientativo e informativo, sin constituir oferta contractual vinculante. El Vendedor se reserva el derecho de introducir modificaciones técnicas para incorporar avances tecnológicos, cumplir requisitos normativos o adaptarse a la disponibilidad de componentes, siempre que no afecten sustancialmente a las prestaciones esenciales contratadas.
4.3 Los presupuestos para Servicios o Trabajos incluyen estimaciones de horas, materiales y alcance con carácter orientativo. Si durante la ejecución se detectaran necesidades adicionales no contempladas, el Vendedor informará al Comprador y emitirá presupuesto complementario antes de proceder, salvo casos de urgencia.
Artículo 5. Pedidos y formalización del contrato
5.1 Todo pedido del Comprador constituye jurídicamente una propuesta de contrato u oferta de compra sometida a la aceptación del Vendedor. El contrato se perfecciona únicamente cuando el Vendedor emita confirmación escrita de aceptación del pedido, momento en el que concurren la oferta y la aceptación conforme al Código Civil.
5.2 El Vendedor se reserva expresamente el derecho de rechazar cualquier pedido sin necesidad de expresar causa y sin incurrir en responsabilidad, especialmente cuando existan dudas sobre la solvencia del Comprador, deudas vencidas, antecedentes de incumplimientos, errores en el pedido, falta de disponibilidad de los Bienes, o importe inferior a los mínimos establecidos.
5.3 El alcance del Suministro será exclusivamente el especificado en el pedido aceptado. Cualquier otra prestación no incluida expresamente será de cuenta y responsabilidad del Comprador. Las modificaciones posteriores requerirán aceptación escrita del Vendedor, quien podrá ajustar precios, plazos y condiciones.
Artículo 6. Obligaciones generales del Comprador
6.1 El Comprador se compromete a: proporcionar información veraz y completa sobre sus necesidades y requisitos técnicos; colaborar activamente proporcionando información, documentación y accesos necesarios; cumplir puntualmente sus obligaciones de pago; utilizar los Bienes conforme a las instrucciones del Vendedor; mantener los Bienes en adecuadas condiciones; comunicar incidencias o defectos en los plazos establecidos; y cumplir la normativa aplicable en materia de seguridad, medio ambiente y protección de datos.
6.2 El incumplimiento por el Comprador de sus obligaciones que cause retrasos, costes adicionales o perjuicios al Vendedor dará derecho a este a la correspondiente compensación, revisión de plazos y, en su caso, resolución del contrato conforme al Código Civil.
CAPÍTULO III: PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
Artículo 7. Titularidad y reserva de derechos
7.1 El Vendedor es titular o licenciatario legítimo de todos los derechos de propiedad intelectual e industrial sobre: diseños, planos, dibujos, esquemas y especificaciones técnicas; software, código fuente, código objeto, firmware y documentación técnica; know-how, procesos, metodologías y procedimientos; marcas, logotipos, nombres comerciales y signos distintivos; patentes, modelos de utilidad, diseños industriales y creaciones protegibles; ofertas, presupuestos, informes técnicos y documentación generada.
7.2 La venta de Bienes o prestación de Servicios no implica cesión ni transmisión al Comprador de derecho alguno de propiedad intelectual o industrial, más allá del derecho de uso de los Bienes para su finalidad normal. El Comprador adquiere únicamente un derecho de uso no exclusivo, intransferible y limitado al territorio acordado.
7.3 Queda expresamente prohibido al Comprador, sin autorización previa y por escrito del Vendedor: reproducir, copiar o duplicar los Bienes o documentación técnica; realizar ingeniería inversa, descompilar o desensamblar productos o software; modificar, adaptar o crear obras derivadas; ceder, sublicenciar o transferir a terceros los derechos adquiridos; utilizar marcas o signos distintivos del Vendedor; eliminar o alterar avisos de propiedad; utilizar las ofertas o documentación técnica para solicitar ofertas de competidores.
7.4 El incumplimiento de las obligaciones de propiedad intelectual e industrial constituye causa de resolución inmediata del contrato, sin perjuicio del derecho del Vendedor a ejercer las acciones civiles y penales que procedan conforme a la Ley de Propiedad Intelectual, la Ley de Patentes, la Ley de Marcas y demás normativa aplicable, y a reclamar los daños y perjuicios causados.
CAPÍTULO IV: PRECIOS Y CONDICIONES DE PAGO
Artículo 8. Precios
8.1 Los precios indicados en las ofertas del Vendedor son netos, expresados en euros, y no incluyen: Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) ni otros impuestos indirectos; tasas, aranceles o derechos de aduana; gastos de embalaje especial, transporte, seguro o almacenamiento, salvo indicación expresa; costes de instalación, puesta en marcha, formación o servicios adicionales no especificados; documentación técnica adicional, certificados especiales o traducciones.
8.2 Una vez aceptado el pedido, los precios se considerarán fijos y no sujetos a revisión, salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias: acuerdo expreso entre las partes; retraso imputable al Comprador; modificación del alcance a petición del Comprador; suspensión del pedido por el Comprador; incremento superior al 5% en costes de materiales, componentes, transporte o energía; variación superior al 3% en tipo de cambio para precios en moneda distinta al euro; modificaciones legislativas, reglamentarias o normativas que impongan obligaciones adicionales; plazos de entrega superiores a doce (12) meses con aplicación de fórmulas de revisión basadas en índices oficiales.
8.3 En los Servicios presupuestados por horas, el número indicado tiene carácter orientativo y estimativo, facturándose las horas efectivamente realizadas. Los trabajos fuera del horario laboral ordinario (08:00-17:00, lunes a viernes) se facturarán según tarifas vigentes.
Artículo 9. Condiciones de pago
9.1 Salvo pacto en contrario, el plazo de pago será de treinta (30) días naturales desde la fecha de factura, conforme a lo dispuesto en la Ley 15/2010, de 5 de julio, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. El pago se realizará mediante transferencia bancaria u otro instrumento de pago oficial a la cuenta indicada en la factura, sin deducción alguna por retenciones, descuentos no acordados, compensaciones o gastos bancarios.
9.2 La demora en el pago devengará automáticamente, sin necesidad de requerimiento previo ni constitución en mora: intereses de demora al tipo establecido en el artículo 7 de la Ley 3/2004 (tipo de interés legal del dinero incrementado en ocho puntos porcentuales); indemnización por costes de cobro de cuarenta (40) euros por factura impagada conforme al artículo 8 de la Ley 3/2004; gastos de reclamación y recuperación del crédito, incluidos honorarios de abogados, procuradores y agencias de cobro.
9.3 El impago o retraso en el pago facultará al Vendedor para: suspender inmediatamente entregas pendientes y prestación de Servicios; dar por vencidas anticipadamente todas las cantidades adeudadas; exigir pago anticipado o garantías adicionales; resolver el contrato de pleno derecho con indemnización por daños y perjuicios; ejercitar las acciones judiciales que correspondan. La formulación de reclamaciones no faculta al Comprador para suspender, retener o deducir pagos.
Artículo 10. Facturación
10.1 Las facturas se emitirán conforme a la normativa fiscal vigente. Se remitirán preferentemente por medios electrónicos. Los hitos de facturación serán los acordados; a falta de acuerdo: Bienes a la entrega; Servicios mensualmente o a la finalización.
Artículo 11. Avales y garantías de pago
11.1 El Vendedor se reserva el derecho de exigir garantías de pago suficientes, especialmente en: primeros pedidos de clientes nuevos; pedidos de importe elevado; clientes con antecedentes de retrasos; clientes en situación financiera comprometida; exportaciones. Las garantías podrán consistir en: aval bancario a primer requerimiento, irrevocable e incondicional; pago anticipado; carta de crédito irrevocable y confirmada; seguro de crédito comercial. Los costes de constitución serán por cuenta del Comprador.
CAPÍTULO V: ENTREGA Y TRANSMISIÓN DEL RIESGO
Artículo 12. Plazos de entrega y ejecución
12.1 Los plazos de entrega o ejecución indicados tienen carácter orientativo y estimativo, salvo que expresamente se pacte su carácter esencial con indicación de penalizaciones. Se computarán desde la confirmación del pedido, siempre que el Comprador haya cumplido sus obligaciones previas: pago de anticipos, información y documentación necesarias, licencias y permisos, constitución de garantías.
12.2 Los plazos se ampliarán proporcionalmente, sin responsabilidad del Vendedor, cuando: el Comprador solicite modificaciones; el Comprador incumpla sus obligaciones; se produzcan causas de fuerza mayor; no se obtengan permisos en plazo; se produzcan retrasos en suministros de terceros; las condiciones del Centro de Trabajo impidan la ejecución.
Artículo 13. Condiciones de entrega y transmisión del riesgo
13.1 Salvo pacto en contrario, las condiciones de entrega serán tanto para entregas nacionales como internacionales, EXW (Ex Works) según Incoterms® 2025. El riesgo de pérdida o deterioro se transmite al Comprador en el momento de la entrega conforme a los Incoterms® pactados.
13.2 Si el Comprador no retira los Bienes en la fecha acordada: se facturará almacenamiento por cuenta y riesgo del Comprador con gastos del 1% semanal del valor. Transcurridos treinta (30) días: el Vendedor podrá venderlos a terceros aplicando el importe a las deudas, o resolver el contrato reteniendo cantidades recibidas como indemnización. Las entregas parciales están autorizadas y podrán facturarse independientemente.
Artículo 14. Reserva de dominio
14.1 El Vendedor se reserva expresamente la propiedad de los Bienes suministrados hasta el completo pago del precio, conforme al Código Civil y la Ley de Venta a Plazos de Bienes Muebles.
14.2 Hasta el pago íntegro, el Comprador: actuará como mero depositario con obligación de custodia diligente; mantendrá los Bienes identificados y separados; no podrá enajenar, gravar ni ceder los Bienes; comunicará inmediatamente embargos o medidas judiciales; permitirá al Vendedor acceder para inspeccionar y retirar los Bienes; mantendrá seguro contra todos los riesgos. En caso de impago, el Vendedor podrá exigir la restitución inmediata.
CAPÍTULO VI: GARANTÍAS
Artículo 15. Garantía general
15.1 El Vendedor garantiza que los Bienes y Servicios serán conformes con las Especificaciones Técnicas acordadas y estarán libres de defectos de diseño, materiales y mano de obra durante el período establecido en el Título II para cada línea de negocio.
15.2 La garantía obliga exclusivamente a la reparación o sustitución, a elección del Vendedor, de los elementos defectuosos, siendo esta la única obligación del Vendedor y el único remedio del Comprador.
15.3 Quedan expresamente excluidos de la garantía: desgaste normal por uso; uso inadecuado o contrario a las instrucciones; negligencia, accidente o fuerza mayor; mantenimiento inadecuado o por personal no autorizado; modificaciones o reparaciones no autorizadas; daños por sobretensiones, descargas eléctricas o condiciones eléctricas inadecuadas; condiciones ambientales inadecuadas; uso de consumibles, repuestos o materiales no autorizados; componentes de terceros fabricantes (garantía del fabricante); integración con equipos o software de terceros no validados; funcionamiento fuera de parámetros especificados.
15.4 Para ejercer la garantía: notificación escrita en diez (10) días naturales desde el descubrimiento, con descripción detallada, fotografías y circunstancias; no manipular ni intentar reparar sin autorización. Las reparaciones no extienden la garantía original; el elemento reparado tendrá máximo tres (3) meses adicionales. Gastos de desmontaje, transporte y reinstalación por cuenta del Comprador, salvo pacto expreso. Desplazamientos de personal técnico facturables.
15.5 Salvo indicación expresa en contrato de compraventa o los productos indicados en el Titulo II del presente documento, el periodo de garantía será de un año (12 meses).
CAPÍTULO VII: LIMITACIÓN DE RESPONSABILIDAD
Artículo 16. Limitación de responsabilidad
16.1 La responsabilidad total y acumulada del Vendedor, sus sociedades vinculadas, administradores, directivos, empleados, agentes, subcontratistas y proveedores, por todas las reclamaciones de cualquier naturaleza derivadas del contrato, ya sean por incumplimiento contractual, responsabilidad extracontractual (incluyendo negligencia), responsabilidad objetiva, infracción de garantías o cualquier otra causa legal, quedará limitada en todo caso al importe total efectivamente abonado por el Comprador por los Bienes o Servicios específicos objeto de la reclamación.
16.2 En ningún caso el Vendedor será responsable, aunque hubiera sido advertido de su posibilidad, de: daños indirectos, incidentales, especiales, punitivos o consecuenciales; lucro cesante, pérdida de beneficios, ingresos o ahorros; pérdida de producción, ventas, contratos o clientela; pérdida de datos, información o software; daños a la reputación comercial; costes de capital, inactividad o energía sustitutiva; costes de productos o servicios de sustitución; multas, sanciones o penalizaciones de terceros; reclamaciones de terceros contra el Comprador.
16.3 La responsabilidad por penalizaciones por retraso: máximo 10% del valor del pedido afectado, constituyendo la única indemnización exigible por retraso. Estas limitaciones reflejan la asignación de riesgos acordada y se han considerado para la determinación del precio.
16.4 Nada de lo establecido excluirá o limitará la responsabilidad por: muerte o lesiones personales por dolo o negligencia grave; dolo o fraude; responsabilidad que no pueda excluirse conforme a legislación imperativa.
Artículo 17. Indemnización por el Comprador
17.1 El Comprador mantendrá indemne y defenderá al Vendedor frente a cualquier reclamación, demanda, procedimiento, responsabilidad, daño, coste o gasto (incluyendo honorarios legales) derivados de: incumplimiento contractual del Comprador; uso inadecuado o contrario a instrucciones; incumplimiento de normativa por el Comprador; reclamaciones de terceros relacionadas con productos del Comprador que integren Bienes del Vendedor; infracción de derechos de propiedad intelectual derivada de especificaciones del Comprador; daños causados a terceros por uso de los Bienes.
CAPÍTULO VIII: FUERZA MAYOR
Artículo 18. Eventos de fuerza mayor
18.1 Ninguna de las partes será responsable del incumplimiento causado por eventos de fuerza mayor. Se consideran tales, a título enunciativo: catástrofes naturales (terremotos, tsunamis, inundaciones, tormentas severas, erupciones volcánicas, incendios); emergencias sanitarias (pandemias, epidemias, cuarentenas, restricciones sanitarias); conflictos (guerras, actos de terrorismo, insurrecciones, disturbios civiles); acciones gubernamentales (embargos, sanciones, restricciones de importación/exportación, nacionalizaciones, cambios legislativos de impacto significativo); interrupciones de suministro (escasez de materias primas o componentes, fallos de suministro eléctrico, huelgas de proveedores o transportes); conflictos laborales (huelgas, paros); ciberataques (ransomware, DDoS, fallos de infraestructura digital crítica); fallos de infraestructuras.
18.2 La parte afectada notificará el evento en cinco (5) días hábiles, indicando naturaleza, obligaciones afectadas y duración estimada, y adoptará medidas razonables para mitigar sus efectos. Las obligaciones afectadas quedarán suspendidas, ampliándose los plazos. Si persiste más de noventa (90) días, cualquiera de las partes podrá resolver sin indemnización, liquidándose las prestaciones realizadas.
CAPÍTULO IX: CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS
Artículo 19. Obligaciones de confidencialidad
19.1 Ambas partes se comprometen a mantener estricta confidencialidad sobre toda Información Confidencial, que únicamente podrá utilizarse para la ejecución del contrato, no divulgarse a terceros sin consentimiento escrito, y protegerse con medidas de seguridad razonables. La obligación permanecerá durante la relación contractual y cinco (5) años tras su finalización, o indefinidamente para secretos industriales.
19.2 Se exceptúa la información de dominio público, previamente conocida, obtenida legítimamente de terceros, desarrollada independientemente, o que deba revelarse por imperativo legal (con notificación previa cuando sea posible). El Vendedor podrá utilizar el nombre del Comprador y descripción básica del proyecto como referencia comercial.
Artículo 20. Protección de datos personales
20.1 Ambas partes cumplirán el Reglamento (UE) RGPD y la Ley Orgánica LOPDGDD. El Vendedor tratará los datos personales del Comprador como responsable del tratamiento para gestión contractual, atención de consultas, comunicaciones comerciales (salvo oposición) y cumplimiento de obligaciones legales.
20.2 Cuando la ejecución implique acceso del Vendedor a datos personales del Comprador como responsable, se suscribirá contrato de encargado del tratamiento conforme al RGPD. Ambas partes implementarán medidas técnicas y organizativas apropiadas y notificarán brechas de seguridad en setenta y dos (72) horas.
CAPÍTULO X: CIBERSEGURIDAD
Artículo 21. Obligaciones de ciberseguridad
21.1 El Vendedor adoptará medidas de seguridad razonables y acordes con el estado de la técnica conforme a las normas aplicables, incluyendo el Esquema Nacional de Seguridad y normativa NIS2.
21.2 El Comprador será responsable de: implementar y mantener medidas de seguridad adecuadas en su infraestructura; mantener actualizados los productos y software del Vendedor; gestionar adecuadamente credenciales y permisos; no desactivar funciones de seguridad; proteger productos conectados a red; realizar copias de seguridad; notificar incidentes de seguridad detectados.
21.3 El Vendedor no será responsable de daños derivados de: ciberataques a sistemas del Comprador; incumplimiento por el Comprador de sus obligaciones de ciberseguridad; falta de instalación de actualizaciones de seguridad; vulnerabilidades en sistemas no suministrados por el Vendedor; accesos no autorizados por gestión inadecuada de credenciales.
CAPÍTULO XI: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Artículo 22. Causas de resolución
22.1 El Vendedor podrá resolver el contrato de pleno derecho, mediante notificación escrita, sin necesidad de resolución judicial y sin perjuicio de reclamar daños y perjuicios, en los siguientes casos: impago transcurridos quince (15) días desde el vencimiento; incumplimiento sustancial no subsanado en treinta (30) días desde notificación fehaciente; declaración de concurso de acreedores, solicitud de pre-concurso o procedimientos de insolvencia; liquidación, disolución, cese de actividad o cambio sustancial de control del Comprador; embargo de Bienes bajo reserva de dominio; negativa o demora injustificada a recibir Bienes o permitir la ejecución; persistencia de fuerza mayor más de noventa (90) días; infracción de propiedad intelectual o industrial; incumplimiento grave de confidencialidad; indicios fundados de riesgo de impago.
22.2 El Comprador podrá resolver mediante notificación escrita en caso de: incumplimiento sustancial del Vendedor no subsanado en treinta (30) días, siempre que no sea consecuencia de fuerza mayor o de incumplimientos del Comprador; retraso superior a sesenta (60) días respecto a plazo contractual esencial, sin fuerza mayor ni causas imputables al Comprador; persistencia de fuerza mayor más de noventa (90) días.
Artículo 23. Efectos de la resolución
23.1 En caso de resolución por causa imputable al Comprador, este abonará: importe íntegro de Bienes entregados y Servicios prestados; materiales específicos adquiridos o en fabricación; costes de cancelación a proveedores y subcontratistas; gastos directos incurridos; indemnización por daños, incluyendo margen de beneficio dejado de percibir, con los límites del Artículo 16.
23.2 En caso de resolución por causa imputable al Vendedor: devolución de cantidades abonadas por Bienes no entregados o Servicios no prestados; indemnización por daños directos acreditados, con los límites del Artículo 16.
23.3 En caso de resolución por fuerza mayor: abono de Bienes entregados, Servicios prestados y materiales específicos; cada parte asume sus propios costes; sin derecho a indemnización.
Artículo 24. Cancelación del pedido
24.1 Una vez confirmado el pedido, la cancelación unilateral por el Comprador conlleva: antes de fabricación, 25% del valor total; con fabricación iniciada, 50% más materiales específicos; con producto terminado, 100%. Para pedidos especiales o a medida: incremento del 25%. Los Bienes específicos quedarán a disposición del Comprador; si no los retira en treinta (30) días, el Vendedor podrá disponer de ellos sin reducir los cargos.
Artículo 25. Suspensión del Suministro
25.1 El Vendedor podrá suspender la ejecución sin responsabilidad en caso de: impago o retraso en el pago; incumplimiento de obligaciones de colaboración del Comprador; falta de condiciones de seguridad en el Centro de Trabajo; instrucciones que supongan riesgo para la seguridad o incumplimiento normativo; indicios de riesgo de impago.
25.2 Durante la suspensión, los plazos quedarán igualmente suspendidos. Si se prolonga más de sesenta (60) días, el Vendedor podrá resolver conforme al Artículo 22. El Comprador podrá solicitar suspensión temporal, que requerirá aceptación del Vendedor y compensación por costes de suspensión, sin afectar a los plazos de pago.
CAPÍTULO XII: LEGISLACIÓN APLICABLE Y JURISDICCIÓN
Artículo 26. Legislación aplicable
26.1 Las presentes Condiciones Generales y todos los contratos celebrados en virtud de estas se regirán e interpretarán conforme a la legislación española. Se excluye expresamente la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (Convención de Viena de 1980) y cualquier otra norma de Derecho Internacional Privado que pudiera conducir a la aplicación de legislación distinta.
Artículo 27. Resolución de controversias
27.1 Las partes se comprometen a intentar resolver de buena fe y mediante negociación directa cualquier controversia. A falta de acuerdo en treinta (30) días, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, se someten a la jurisdicción exclusiva de los Juzgados y Tribunales de Bilbao (Bizkaia), España. No obstante, el Vendedor se reserva el derecho de accionar en el domicilio del Comprador para reclamación de cantidades o ante cualquier tribunal para medidas cautelares de protección de propiedad intelectual.
CAPÍTULO XIII: DISPOSICIONES VARIAS
Artículo 28. Comunicaciones
28.1 Las comunicaciones relacionadas con la ejecución podrán realizarse por cualquier medio que permita constancia. Las notificaciones formales (incumplimientos, resolución, reclamaciones de garantía) deberán realizarse por escrito: correo electrónico con acuse de recibo, burofax con certificación de contenido, o carta certificada con acuse de recibo. Se entenderán recibidas en la fecha del acuse o, en su defecto, el tercer día hábil siguiente al envío.
Artículo 29. Cesión del contrato
29.1 El Comprador no podrá ceder ni transferir el contrato sin consentimiento previo y escrito del Vendedor. El Vendedor podrá ceder a empresas del Grupo Labelmarket o a terceros adquirentes de su negocio, previa comunicación, y podrá ceder créditos a entidades financieras o de factoring sin necesidad de consentimiento.
Artículo 30. Subcontratación
30.1 El Vendedor podrá subcontratar total o parcialmente sin consentimiento del Comprador, manteniendo plena responsabilidad sobre calidad, plazos y cumplimiento.
Artículo 31. Independencia de las cláusulas
31.1 Si alguna disposición fuera declarada nula o inaplicable, las restantes mantendrán plena vigencia. Las partes negociarán de buena fe para sustituir la disposición afectada por otra válida con efectos equivalentes.
Artículo 32. No renuncia
32.1 El hecho de no exigir el cumplimiento estricto de cualquier disposición no constituirá renuncia a exigirlo en el futuro. Ninguna renuncia será efectiva salvo que sea expresa y por escrito.
Artículo 33. Integridad del contrato
33.1 Estas Condiciones Generales, junto con la Documentación Contractual específica, constituyen el acuerdo íntegro entre las partes, sustituyendo cualquier acuerdo, negociación o comunicación previa. Toda modificación requerirá escrito firmado por representantes autorizados.
TÍTULO II — DISPOSICIONES ESPECÍFICAS POR LÍNEA DE NEGOCIO
CAPÍTULO I: EQUIPOS DE ETIQUETADO AUTOMÁTICO
Artículo 34. Ámbito de aplicación
34.1 Las disposiciones de este Capítulo se aplican a la venta de equipos y sistemas de etiquetado automático: etiquetadoras automáticas y semiautomáticas, aplicadores, sistemas print&apply, dispensadores, rebobinadores, y maquinaria relacionada.
Artículo 35. Especificaciones técnicas
35.1 Las especificaciones técnicas serán las indicadas en la oferta y documentación técnica. Las de catálogos generales tienen carácter orientativo. Las prestaciones (cadencias, velocidades, precisión) se refieren a condiciones ideales con materiales especificados. El Comprador es responsable de verificar la idoneidad para su aplicación. El Vendedor se reserva el derecho de introducir modificaciones técnicas para mejoras o disponibilidad de componentes.
Artículo 36. Garantía de equipos
36.1 Período de garantía: doce (12) meses desde entrega o dieciocho (18) meses desde envío, lo primero. Cubre defectos de diseño, materiales y fabricación. Excluidos: piezas de desgaste (correas, rodamientos, cuchillas, cabezales), consumibles, daños por consumibles no aprobados, instalación incorrecta no realizada por el Vendedor, daños por sobretensiones o instalación eléctrica inadecuada, aire comprimido contaminado, condiciones ambientales fuera de especificaciones. Gastos de desplazamiento no incluidos salvo pacto expreso. Componentes de terceros: garantía del fabricante.
Artículo 37. Instalación, puesta en marcha y formación
37.1 No incluidas salvo indicación en oferta. Cuando incluidas: desplazamiento, alojamiento y manutención del personal técnico, montaje, conexionado, ajustes, pruebas, formación básica. Horario: 08:00-17:00, L-V; fuera de horario con recargos del Artículo 8.3.
37.2 El Comprador proporcionará sin coste: medios de elevación, material de pruebas conforme a especificaciones, personal de apoyo, acceso adecuado, acometida eléctrica (220V ±5% estabilizada, protección diferencial y magnetotérmica, toma de tierra correcta), acometida de aire comprimido (6 bar mínimo, seco y filtrado conforme ISO 8573-1), condiciones ambientales especificadas.
37.3 Si transcurridos quince (15) días desde notificación de finalización no hay firma del acta por causas no imputables al Vendedor: equipo aceptado y facturación. Si la puesta en marcha no se realiza en treinta (30) días desde entrega por causas ajenas al Vendedor: instalación terminada con inicio de garantía y facturación.
Artículo 38. Límites de suministro
38.1 No incluidos salvo especificación: obra civil, cimentaciones, anclajes, acometidas eléctricas y neumáticas, extracción de vapores, vallados de seguridad, transportadores, conexiones con líneas existentes, software de gestión, integración con sistemas del Comprador. El Vendedor no responde de defectos por cimentaciones inadecuadas, instalaciones deficientes o integración con equipos de terceros.
CAPÍTULO II: SERVICIOS TÉCNICOS, REPARACIONES, MONTAJE E INSTALACIONES
Artículo 39. Ámbito de aplicación
39.1 Aplicable a: reparaciones (en taller y en campo), mantenimiento preventivo y correctivo, montaje, instalación, puesta en marcha, calibración, ajuste, modificaciones, mejoras, modernizaciones, asistencia técnica, auditorías, diagnósticos, formación, consultoría, y cualquier servicio técnico relacionado.
Artículo 40. Alcance de los Servicios
40.1 El alcance es exclusivamente el especificado en el pedido aceptado. Cualquier trabajo adicional se presupuestará antes de proceder, salvo urgencia. Durante la ejecución pueden detectarse necesidades adicionales; el Vendedor informará y presupuestará, pudiendo en caso de urgencia ejecutar trabajos imprescindibles con información posterior al Cliente.
Artículo 41. Tarifas y facturación de Servicios
41.1 Modalidades: precio cerrado; por administración (horas efectivas según tarifas más materiales y gastos); contrato de mantenimiento. Las estimaciones de horas son orientativas. Mínimos de facturación: 1 hora para intervenciones en cliente (excluyendo desplazamiento), una (1) hora para intervenciones remotas o en taller.
41.2 Además de horas: gastos de desplazamiento (kilómetros, peajes, transporte), dietas y alojamiento, materiales y repuestos según precios vigentes, alquiler de equipos especiales. Recargos fuera de horario ordinario conforme Artículo 8.3. Servicios de urgencia (menos de 24 horas): Según tarifa anual vigente.
Artículo 42. Obligaciones del Cliente
42.1 El Cliente proporcionará: acceso seguro a instalaciones y equipos; espacio de trabajo despejado; iluminación adecuada (500 lux mínimo); ventilación y climatización; sanitarios, vestuarios, zona de descanso, almacén para herramientas; suministro eléctrico adecuado; aire comprimido si necesario; información técnica y documentación; información de riesgos; permisos y autorizaciones; personal auxiliar cualificado cuando requerido.
42.2 Si el Cliente proporciona personal auxiliar, permanecerá bajo su relación laboral y responsabilidad, cumpliendo obligaciones legales, laborales, de Seguridad Social y prevención de riesgos. El incumplimiento dará derecho al Vendedor a facturar costes adicionales, ampliar plazos, suspender la ejecución o resolver el contrato.
Artículo 43. Seguridad laboral y coordinación de actividades empresariales
43.1 El Cliente, como titular del Centro de Trabajo, es responsable conforme a Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y de coordinación de actividades empresariales: de facilitar información de riesgos del centro, medidas de prevención y protección, medidas de emergencia, coordinación de actividades preventivas con designación de encargados, documentación de coordinación.
43.2 El Vendedor facilitará: evaluación de riesgos, planificación preventiva, información formativa de trabajadores, aptitud médica, entrega de Equipos de Protección Individual (EPIs) que consten en la Evaluación de Riesgos de los puestos de trabajo del vendedor, y documentación requerida. El personal del Vendedor cumplirá las normas de seguridad del Cliente.
43.3 El Vendedor está facultado para paralizar trabajos si considera que existe riesgo grave e inminente para la seguridad de su personal. En caso de paralización por razones de seguridad no imputables al Vendedor, éste tendrá derecho a compensación por horas perdidas, desplazamientos, dietas, inmovilización de equipos, y ampliación de plazos.
43.4 El Cliente mantendrá indemne al Vendedor frente a responsabilidades, sanciones, reclamaciones o costes derivados del incumplimiento de sus obligaciones en materia de seguridad laboral o coordinación de actividades empresariales.
Artículo 44. Plazos de ejecución
44.1 Carácter estimativo salvo pacto de carácter esencial. Se modificarán sin responsabilidad del Vendedor por: modificaciones del Cliente; falta de accesos, información, colaboración o permisos; impagos; condiciones de seguridad inadecuadas; necesidades adicionales detectadas; fuerza mayor; circunstancias ajenas al Vendedor.
Artículo 45. Suspensiones
45.1 Si por causas ajenas al Vendedor se produce suspensión de los trabajos, éste tendrá derecho a compensación por horas perdidas, tiempos de espera, desplazamientos, dietas, inmovilización de equipos; pago de trabajos realizados; ampliación de plazos. El Cliente notificará suspensiones previsibles con mínimo cuarenta y ocho (48) horas de antelación. Suspensión superior a noventa (90) días: derecho a resolver.
Artículo 46. Inspección y recepción
46.1 Plazo de inspección: el comprador dispondrá de cinco (5) días hábiles desde finalización para comunicar no conformidades por escrito. Se entenderá la aceptación tácita si transcurre el plazo sin comunicación; firma del parte de trabajo sin reservas; uso de los equipos intervenidos; superación de pruebas acordadas. La aceptación inicia el período de garantía.
Artículo 47. Garantía de Servicios
47.1 Tres (3) meses desde finalización del servicio. Cubre defectos y errores de ejecución imputables al Vendedor, consistiendo en repetición de trabajos defectuosos. Excluidos: desgaste normal, mantenimiento inadecuado, uso de consumibles no conformes, modificaciones por terceros, uso inadecuado, defectos preexistentes. Gastos de desmontaje, transporte y reinstalación por cuenta del Cliente. Desplazamientos facturables salvo pacto expreso. Responsabilidad máxima: seis (6) meses desde finalización.
Artículo 48. Servicios de mantenimiento
48.1 Condiciones generales: la duración mínima será de doce (12) meses renovables, con cuotas mensuales trimestrales o anuales anticipadas, revisión anual según IPC, exclusión de piezas de desgaste y consumibles, tiempos de respuesta según modalidad. El impago de cualquier cuota faculta a suspender y resolver el servicio.
CAPÍTULO III: SOFTWARE A MEDIDA Y DE DESARROLLO PROPIO
Artículo 49. Licencia de uso
49.1 Licencia no exclusiva, intransferible, limitada al territorio y usuarios acordados. No incluye: sublicenciar, distribuir, modificar, adaptar, ingeniería inversa, eliminar avisos de propiedad, uso para productos competidores, exceder ámbito de uso. El incumplimiento faculta a revocar la licencia y resolver el contrato.
Artículo 50. Garantía del software
50.1 Doce (12) meses desde entrega o puesta en producción. Cubre corrección de errores (bugs) que impidan el uso conforme a especificaciones. Excluidos: errores por modificaciones no autorizadas, incompatibilidad con sistemas de terceros, uso fuera de especificaciones, daños por programas malignos, pérdida de datos. Durante garantía: corrección de errores y actualizaciones menores sin coste; para las nuevas versiones o funcionalidades se realizará presupuesto separado.
Artículo 51. Desarrollos a medida
51.1 Fases: especificación de requisitos, análisis funcional aprobado por el Cliente, desarrollo, pruebas, entrega. Propiedad intelectual del Vendedor, quien concede licencia de uso; cesión de derechos requiere pacto expreso y compensación. Cambios durante desarrollo mediante control de cambios: solicitud escrita, evaluación de impacto, formalización. Aceptación mediante plan de pruebas acordado; transcurridos cinco (5) días sin comunicación de no conformidades: desarrollo aceptado.
Artículo 52. Limitaciones específicas
52.1 Software proporcionado «tal cual». El Vendedor no garantiza funcionamiento ininterrumpido, libre de errores ni compatibilidad universal. No responsabilidad por: pérdida de datos (el Cliente mantiene copias), interrupciones, integraciones, decisiones basadas en resultados del software. Responsabilidad máxima limitada a corrección del error, sustitución por versión corregida o reembolso de la licencia.
CAPÍTULO IV: CONSUMIBLES (ETIQUETAS, RIBBON, INKJET)
Artículo 53. Especificaciones y compatibilidad
53.1 El Cliente es responsable de verificar especificaciones y compatibilidad con sus equipos y aplicaciones antes de pedidos de volumen. El Vendedor no garantiza compatibilidad con equipos de terceros no validados. Se recomienda pruebas con muestras para aplicaciones críticas.
Artículo 54. Condiciones de almacenamiento
54.1 Almacenamiento se realizará por parte del Comprador conforme a ficha técnica de cada producto. Condiciones generales: temperatura 15-25°C, humedad 40-60%, protección solar, almacenamiento horizontal para rollos, alejados de ozono, disolventes o sustancias que puedan afectar a los materiales. El incumplimiento exime de responsabilidad al Vendedor.
Artículo 55. Garantía de consumibles
55.1 Según fecha de caducidad o, a falta de indicación: etiquetas tres (3) meses, ribbon tres (3) meses, tintas según envase. Cubre defectos de fabricación. Excluidos: deterioro por almacenamiento inadecuado, uso en equipos incompatibles, ajustes incorrectos, combinación con consumibles no validados, uso tras caducidad, resultados en aplicaciones no comunicadas. Responsabilidad máxima: sustitución o reembolso.
Artículo 56. Reclamaciones
56.1 Defectos visibles: El comprador dispone de siete (7) días naturales desde recepción, deberá enviar fotografías demostrativas. Defectos de funcionamiento: siete (7) días naturales desde detección, con número de pedido, lote, descripción, equipo, condiciones, fotografías. Conservar material defectuoso y embalajes.
Artículo 57. Pedidos especiales
57.1 Consumibles personalizados: no admiten devolución ni cancelación una vez iniciada fabricación. Sujetos a cantidades mínimas, plazos específicos, aprobación de pruebas en cinco (5) días naturales (el silencio por parte del Comprador se entiende como aprobación tácita). Variaciones de cantidad ±10% son aceptables y facturables.
CAPÍTULO V: HARDWARE PARA AIDC
Artículo 58. Garantía de hardware
58.1 Según período del fabricante; a falta de indicación, doce (12) meses. Gestión conforme a condiciones del fabricante. Componentes con garantía reducida: baterías (6 meses o ciclos de carga), cabezales de impresión (por kilometraje), pantallas, cables, accesorios. Excluidos adicionalmente: dañospor caídas, líquidos, sobretensión, cargadores no originales, apertura no autorizada, desgaste estético.
Artículo 59. Configuración y puesta en marcha
59.1 Hardware suministrado se entrega sin configurar salvo pacto expreso. No están incluidos: configuración, instalación de software, integración con sistemas del Cliente, formación. El Cliente es responsable de verificar compatibilidad con su infraestructura.
Artículo 60. Actualizaciones de firmware
60.1 El Vendedor informará de actualizaciones disponibles. La instalación es responsabilidad del Cliente. No asumirá responsabilidad por problemas derivados de la instalación por el Cliente, falta de instalación de actualizaciones recomendadas, o incompatibilidades.
Artículo 61. Soporte técnico
61.1 Durante garantía: soporte de primer nivel (asistencia telefónica y email, diagnóstico, orientación, escalado al fabricante). Horario: 08:00-17:00 de lunes a jueves y 08:00-14:30 los viernes excepto festivos. Post-garantía contratable según tarifas vigentes.
DISPOSICIONES FINALES
Primera. Las presentes Condiciones Generales de Venta y Prestación de Servicios entran en vigor el 1 de enero de 2026 y se aplicarán a todos los pedidos aceptados y contratos formalizados a partir de dicha fecha.
Segunda. Estas Condiciones sustituyen y dejan sin efecto cualquier versión anterior de condiciones generales de venta y prestación de servicios de LABELMARKET, S.L.U. y LABELFACTORY, S.L.U.
Tercera. El texto íntegro y actualizado estará disponible en www.labelmarket.es/condiciones-de-venta y en www.labelfactory.eu/condiciones-de-venta.
Cuarta. El Vendedor se reserva el derecho de modificar estas Condiciones en cualquier momento. Las modificaciones se aplicarán a los pedidos aceptados con posterioridad a su publicación.
Quinta. En caso de discrepancia entre versiones en diferentes idiomas, prevalecerá la versión en español.
En Bilbao, a 1 de enero de 2026
GRUPO LABELMARKET
LABELMARKET, S.L.U.
LABELFACTORY, S.L.U.


